La Sala Especial de Seguimiento a las Sentencias T-388 de 2013 y T-762 de 2015 de la Corte Constitucional, en atención a la emergencia sanitaria ocasionada por la pandemia del virus COVID-19 en el territorio nacional y al incremento del contagio en el Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y Carcelario de Villavicencio, ORDENÓ adoptar medidas dirigidas a la protección de los derechos fundamentales de la población privada de la libertad.
Según el Auto 157 del 6 de mayo de 2020, las medidas buscan garantizar los derechos a la Salud, la Vida y la Dignidad de la siguiente manera:
- La actualización de la documentación de las personas privadas de la libertad.
- La remisión de documentación a la Defensoría del Pueblo y a los jueces de ejecución de penas y medidas de seguridad.
- La priorización de audiencias de libertad y estudio oficioso de sustitutos y subrogados penales.
- Un plan para atención de libertades y prisiones domiciliarias concedidas
- Seguimiento de las órdenes por parte de los órganos de control.
La Personería Municipal de Villavicencio, la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo deberán realizar un seguimiento riguroso para verificar el cumplimiento de esta orden.
Mediante esta serie de medidas, la Corte Constitucional fija los parámetros tendientes a descongestionar el Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y Carcelario de Villavicencio. La Sala es integrada por los Magistrados José Fernando Reyes Cuartas, Carlos Bernal Pulido y por la Magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado.
Fuente: Corte Constitucional
Foto: Inpec
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